Impuesto de espectáculos públicos
Descripción:
Pago que se genera por la realización o presentación de espectáculos públicos diferentes de los espectáculos de artes escénicas.
Temática:
Impuestos
Forma de Presentación:
Presencial
Se conoce como:
- Pago por la realización de espectáculos públicos
- Liquidación del Impuesto de espectáculos públicos
Dirigido a:
- Instituciones o dependencias públicas
Documentos requeridos:
- Carta de solicitud. La carta aplica cuando la boletería es manual.
- En caso de que la boletería sea en linea la entidad verificará la información con las empresas acreditadas para la venta de dicha boletería
Condiciones especiales:
Excepción 1: Si el Espectáculo Público utiliza venta de boletería por el sistema en línea
- Informar de esta situación a la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda Municipal, aportando el número del código asignado al espectáculo público
- Concepto favorable del aforo por parte del DAGRD
- Permiso de la Secretaría Seguridad y Convivencia para la realización del evento
Pagos: (aplica si tiene costo):
Según avalúo
Tiempo de respuesta:
3 días hábiles
Dependencia:
Secretaría de Hacienda
Puntos de Atención
Alcaldía de Medellín
Servicios Tributarios
Dirección: Calle 44 # 52 – 165
Horario: Lunes a Jueves de 07:30 a 05:00 p.m., Viernes de 07:30 a 04:00 p.m., Jornada Continua.
El impuesto debe pagarse por el responsable dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de presentación del espectáculo. Cuando se trate de espectáculos con una duración superior a un día, el pago de los impuestos deberá realizarse dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes a cada una de las presentaciones.
En el marco de la política de racionalización de trámites y en cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del decreto 103 del 20 de enero de 2015 - Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 "Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública".
Enlaces:
https://www.nomasfilas.gov.co/memoficha-tramite/-/tramite/T21149