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Prohibido gravamen del impuesto de industria y comercio
Propósito
Es el reconocimiento de la calidad de no sujeto pasivo del impuesto de Industria y Comercio dado por la Ley.
Medio por el cual se puede realizar
De maneraPresencial, tenga en cuenta:
Costo del trámite : No tiene costo
· Requisitos:
Presentar solicitud por escrito firmada por el contribuyente, su representante legal o apoderado debidamente constituido.
Adjuntar copia de los Estatutos de la entidad y acreditar la existencia y representación legal, en el caso de las personas jurídicas.
Que la entidad o persona interesada, se encuentre matriculado como contribuyente del Impuesto de Industria y Comercio en la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Hacienda.
Que la entidad o persona interesada, se encuentre al día en el pago por concepto del respectivo impuesto o que la Subsecretaría de Tesorería, le haya concedido facilidades para el pago.
Pruebas que acrediten la calidad de no sujeto pasivo del impuesto de Industria y Comercio dado por la Ley, este requisito es una aprueba que solicita la Administración.
· Pasos:
Dirigirse a la oficina de Servicios Tributarios
Radicar la solicitud con el lleno de los requisitos
Lugar: Centro Administrativo La Alpujarra, Calle 44 No. 52-165 en la oficina de Servicios Tributarios contigua al Concejo de Medellín.
Horario: De lunes a jueves de 7:30 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.