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    Representa los contornos de las áreas privadas de los predios sujetos a régimen de propiedad horizontal. Este nivel proporciona la desagregación por plantas de los predios, mostrando un corte horizontal de un edificio con la información catastral necesaria para individualizar los predios a nivel matricula inmobiliaria. Mediante este nivel de información se busca la representación en un plano bidimensional de la realidad tridimensional que se presenta en las ciudades con los predios en altura. Debe estar contenido dentro del contorno del Feature Construcción

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    Son los espacios públicos verdes, de derecho publico y uso restringido, correspondientes a las franjas verdes que se extiende a lado y lado de las vías importantes, las orejas o anillos viales, los cuales corresponden a desviaciones en las vías que mediante una corta vuelta se cruzan perpendicularmente en plano de nivel diferente y que por lo general nacen de los puentes para dar y hacer conexión con otras vías, las glorietas, siendo ellas intersecciones canalizadas sin cruces directos, compuestas de secciones de entrecruzamiento alrededor de una isla central circular; normalmente sin accesos ampliados pueden ser de tres, cuatro o mas accesos, los separadores viales, en su condición de espacios que establecen distancias entre las calzadas de una vía y destinados a canalizar flujos de trafico, controlar maniobras inadecuadas y proporcionar protección a los peatones, independizando las calzadas de la vía, las cuales tienen el objeto de aislar el entorno del impacto urbano generado por la misma vía y de contribuir paisajística y ambientalmente al desarrollo de la ciudad. Actualizado según Resolución del Departamento Administrativo de Planeación -DAP-: Resolución 2019: 201950124382 (27/12/2019), Gaceta 4661.FECHA DE ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN: 26/03/2021

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    Zonas receptoras de derechos adicionales de construcción y desarrollo. Son áreas que de acuerdo con su capacidad de soporte, pueden absorber los derechos adicionales de construcción y desarrollo provenientes de la venta en zonas generadoras. Las zonas receptoras serán aquellas con tratamientos de Renovación Urbana, Consolidación Nivel (CN1) y algunos polígonos con tratamientos de Consolidación Niveles 2 y 4 (CN2) y (CN4), de conformidad con lo establecido en el Título III de Aprovechamientos y Obligaciones Urbanísticas del presente Acuerdo. los tratamientos, que son la unidad mínima de planificación del Plan de Ordenamiento Territorial, a la cual se le asigna un tope máximo de aprovechamiento y unas obligaciones.

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    Presenta el conjunto de líneas que definen los ejes viales de la ciudad de Medellín, con fines de asignación de la nomenclatura domiciliaria y la forma mas utilizada para ubicar predios residenciales, comerciales, industriales…Permite la identificación y numeración de la trama vial compuesta por calles, carreras, diagonales, transversales, entre otras. Está compuesta por:• Tipo de vía, según la clasificación existente: Calle (CL), Carrera (CR), Circular (CQ), Diagonal (DG) o Transversal (TV).• Número de la vía, un número consecutivo (secuencial) que va desde el 001 hasta el 999.• Apéndice de la vía, opcionalmente una letra que identifica la vía y que puede ir desde la A hasta la HH.• Orientación de la vía, opcionalmente un prefijo que identifica el cuadrante en donde se ubica la vía: cuadrante SUR para las calles, o cuadrante ESTE para las carreras.

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    Propuesta de trazados de ciclorrutas en el Municipio y el estado en que se encuentran, bien sea ejecutadas o proyectadas al 2014. estas ciclorrutas pueden ser de tipo Ciclorruta Segregada o Ciclorruta Compartida en la calzada.

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    Representa los polígonos con los linderos y dimensiones de los predios de la ciudad en su parte urbana y rural. Sus atributos permiten ubicar espacialmente el predio dentro del limite catastral y la manzana. Sus atributos permiten ubicar espacialmente el predio dentro del limite catastral y la manzana. Para las manzana tiene el consecutivo 999 se refiere a predios que están ubicados en vías y 888 a predios que ocupan mas de una manzana o predios quebradas.

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    Limites de las Áreas de Intervención de Media Ladera divididos por los Planes Barriales y/o de Centralidades Su aplicación busca el direccionamiento de las estrategias e intervenciones dirigidas a fortalecer y mejorar las características de las unidades barriales definidas por la división político-administrativa del Municipio, así como planificar de manera simultánea el barrio y la centralidad, cuando sea el caso, en aras de fortalecer la relaciónarmonios a de la misma con el territorio, al cual sirve de centro funcional o de prestación de servicios directo. Los cuales podrán formularse por iniciativa comunitaria o de la Administración Municipal. Procuran el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de la zona identificada,resolviendo temas de intervención urbana y social al incorporar todos los elementos del desarrollo deforma simultánea y planeada, mediante obras de infraestructura que cumplan con los más altos estándares de calidad y con el ingrediente de la participación comunitaria para garantizar sostenibilidad.

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    Presenta información estadística generada por manzana,utilizando la información catastral vigente.Describe características generales de las manzana catastrales a partir de variables como: área total del lote, área construida, área privada, área de manzana, cantidad de predios y mejoras, cantidad de propietarios, población aproximada y la destinación (uso) predominante de suelo.

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    La capa documenta las inspecciones de riesgo llevadas a cabo por el Equipo Técnico del DAGRD en Medellín, abarcando una variedad de escenarios de riesgo. Cada entrada contiene el ID de los escenarios de riesgo,donde se detalla el análisis de situaciones de riesgo identificadas, como deterioros estructurales, inundaciones, movimientos en masa, etc; registrados en la base de datos de SIRE realizada por el Sistema de Alerta Temprana del Valle de Aburrá - SIATA. La información diligenciada se encuentra georreferenciada con las coordenadas cartográficas de cada escenario de riesgo evaluado.

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    Información temática consolidada para apoyar la revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial (2014), correspondiente a la Clasificación del Suelo. Polígono con un cubrimiento municipal y una escala 1:2.000. Contiene las clases del suelo según Artículo 30 de la Ley 388 de 1997. Además, identifica las áreas suburbanas, en cumplimiento del Artículo 34 de la citada Ley. El Artículo 11 del Acuerdo 048 de 2014, establece que el suelo del municipio de Medellín se clasifica en: urbano, expansión urbana y rural. La clasificación se deriva de los elementos de la Estructura Ecológica Principal -EEP-, la zonificación de las áreas de amenazas y riesgos y la capacidad de soporte del territorio. Además, define las restricciones para el desarrollo urbanístico y las posibilidades para la producción. Por último, al interior de la clase de suelo rural se establece la categoría de suelo suburbano con sus diferentes subcategorías.