The iView has timed out. It is now displaying expired content from the cache. Click 'Reload' to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source.Reload
iView has timed out; there is no cached content to display. Click Reload to retrieve updated content. You may need to wait for the cache to retrieve the content from the source. Reload
2718050


Portal de Medellin/Temas/Hacienda/Trámites

 

Rebaja en el Impuesto de Industria y Comercio por perdidas

 

Descripción:

Disminuir el valor a pagar hasta en un 20% por concepto de impuesto de industria y comercio a los entes económicos que presenten pérdida determinada por los ingresos operacionales menos los costos de operación en el ejercicio de actividades dentro de la jurisdicción del Municipio de Medellín.

 

Temática:

Impuestos

 

Se conoce como:

Rebaja por pérdida operacional

 

Forma de Presentación:

  • Presencial

 

Dirigido a: 

  • Ciudadano 
  • Organizaciones 
  • Extranjeros 

 

Documentos requeridos:

  • Solicitud escrita ante la Subsecretaría de Ingresos, presentada por el contribuyente interesado, representante legal o apoderado debidamente constituido sustentando los motivos y causas que dieron origen a la pérdida. 
  • Informes financieros de propósito especial que requiera la Administración. El artículo 24 del Decreto 2649 de 1993, expresa que los Estados financieros de propósito especial, son aquellos que se preparan para satisfacer necesidades específicas. Entre ellos, balance inicial, los estados financieros intermedios, el estado de inventario, los estados financieros extraordinarios, los estados de liquidación. 
  • Fotocopia del documento de identidad del contribuyente si es persona natural o del representante legal si es persona jurídica 
  • Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgada formalmente autentica, en caso de no ser el titular quien realice el trámite. Si es por poder general copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud. Si es por poder especial copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud.

 

Requisitos exigidos:

  • Estar constituido legalmente ante la cámara de comercio, si es persona jurídica 
  • Ser contribuyente del impuesto de Industria y Comercio por más de tres años y haber cumplido con la obligación de presentar las declaraciones privadas de industria y comercio dentro de los cuatro primeros meses del año, sin que exceda el último día hábil del mes de abril.

 

Tiempo de respuesta:

90 días calendario. La solicitud deberá presentarse dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha del vencimiento del plazo para declarar.

 

Dependencia:

Secretaría de Hacienda  

 

Puntos de Atención

Alcaldía de Medellín

Servicios Tributarios

     Dirección: Calle 44 # 52 – 165, primer piso

     Teléfono: 4444144 - 3855555

     Horario: Lunes a Jueves de 07:30 a 05:00 p.m., Viernes de 07:30 a 04:00 p.m., Jornada Continua.

 

En el marco de la política de racionalización de trámites y en cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del decreto 103 del 20 de enero de 2015 - Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 "Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública".

Enlaces: 

https://www.nomasfilas.gov.co/memoficha-tramite/-/tramite/T48577


Acércate a la Alcaldía de Medellín