Exención o Tratamiento Especial de espectáculos públicos (Reconocimiento De La Exención O Tratamiento Especial de espectáculos públicos)
Descripción:
Exoneración del pago del impuesto de espectáculos públicos como beneficio tributario.
Temática:
Impuestos
Forma de Presentación:
Presencial
Dirigido a:
- Instituciones o dependencias públicas
Documentos requeridos:
- Carta de solicitud firmada por el representante legal o el interesado o apoderado debidamente constituido, dirigido a la Subsecretaría de Ingresos
- Fotocopia del Documento de identidad
- Certificado: firmado bajo la gravedad del juramento, del cumplimiento de los requisitos para beneficiarse con la exención
- Registro único tributario – RUT
- Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgada formalmente autentica, en caso de no ser el titular quien realice el trámite. Si es por poder general copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud. Si es por poder especial copia auténtica del mismo con nota de vigencia a la fecha de la solicitud.
Verificaciones que realiza la entidad:
- Estar constituido y representado legalmente ante la cámara de comercio en caso de ser persona jurídica
- Cumplir con las condiciones que menciona el artículo 306 del Acuerdo 66 de 2017
Tiempo de respuesta:
45 días hábiles
Dependencia:
Secretaría de Hacienda
Puntos de Atención:
Oficina de Espectáculos Públicos
Dirección: CL 44 # 52 - 165, OF 9914
Teléfono: 385555 ext 5075
Horario: Lunes a Jueves de 07:30 a 12:30 y de 1:30 a 05:30 p.m., Viernes hasta las 4:30
En el marco de la política de racionalización de trámites y en cumplimiento del inciso 2 del artículo 6 del decreto 103 del 20 de enero de 2015 - Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 "Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública".
Enlaces:
https://www.nomasfilas.gov.co/memoficha-tramite/-/tramite/T15827