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Portal de Medellin/Temas/Seguridad y Convivencia/Programas y Proyectos

Medellín Vive La Noche 
 
Medellín Convive la Noche es un programa adscrito a la Secretaría de Seguridad y Convivencia, que busca propiciar ambientes de seguridad, respeto y convivencia para residentes, comerciantes y ciudadanos en general, mediante el diálogo y acciones pedagógicas, con la finalidad de crear un ambiente de confianza ciudadana, siempre de la mano del cumplimiento de la normatividad. 

¿Con qué tipo de establecimientos trabaja Medellín Convive la Noche? El programa trabaja con establecimientos de venta y consumo de licor en Medellín, que se encuentren en una zona apta para ejercer la actividad económica, de media o alta mixtura. 

Para tener conocimiento si se está en un sector apto o no, el comerciante debe solicitar a una curaduría el uso de suelo según al POT- Acuerdo 048 de 2014, el cual le indicará, además, si está en una zona de baja, media o alta mixtura. 

¿Cuáles son los parámetros en términos de horarios o decibeles? Los establecimientos de comercio abiertos al público pueden funcionar en los siguientes horarios, siempre que se encuentren en zonas aptas, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial vigente. 

Zonas de alta mixtura: El horario techo de esta mixtura es 2 de la mañana. Si están certificados en el programa Medellín Convive la Noche, los establecimientos pueden operar hasta las 4 de la mañana. -La extensión de horario aplica únicamente para los días jueves, viernes, sábado y domingo. Este último, solo si es víspera de festivo. 

Zonas de media mixtura: El horario techo de esta es de 12 de la noche. Si están certificados en el programa Medellín Convive la Noche, pueden realizar la actividad comercial hasta las 2 de la mañana. La extensión de horario aplica toda la semana. 

Zonas de baja mixtura: El horario techo de esta mixtura es de 12 de la noche y no se amplía el horario por estar en un sector predominantemente residencial. 

Decibeles

- La Resolución 0627 de 2006 (Abril 07). Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental, determina los límites permisibles de ruido, así: 

Estándares máximos permisibles de niveles de emisión de ruido expresados en decibeles DB(A)

SectorSubsector

Estándares máximos permisibles de niveles de emisión de ruido en dB(A)

Día

Noche

Sector A. Tranquilidad y Silencio

Hospitales, bibliotecas, guardería s, sanatorios, hogares geriátricos.

55

50

Sector B. Tranquilidad y Ruido Moderado

Zonas residenciales o exclusivamente destinadas para desarrollo habitacional, hotelería y hospedajes.

65

55

Universidades, colegios, escuelas, centros de estudio e investigación.

Parques en zonas urbanas diferentes a los parques mecánicos al aire libre.

Sector C. Ruido Intermedio Restringido

Zonas con usos permitidos industriales, como i ndustrias en general, zonas portuarias, parques industriales, zonas francas.

75

75

Zonas con usos permitidos comerciales, como centros comerciales, almacenes, locales o instalaciones de tipo comercial, talleres de mecánica automotriz e industrial, centros deportivos y recreativos, gimnasios, restaurantes, bares, tabernas, discotecas, bingos, casinos.

70

60

Zonas con usos permitidos de oficinas.

65

55

Zonas con usos institucionales.

Zonas con otros usos relacionados, como parques mecánicos al aire libre, áreas destinadas a espec-táculos públicos al aire libre.

80

75

Sector D. Zona Suburbana o Rural de Tranquilidad y Ruido Moderado

Residencial suburbana.

55

50

Rural habitada destinada a explotación agropecuaria.

Zonas de Recreación y descanso, como parques naturales y reservas naturales.

Los límites de ruido dependen del uso del suelo, y en sectores comerciales (media y alta), se estipula que en el día son 70Db y en la noche 60Db.

¿Conoces los beneficios que ofrece Medellín Convive la Noche? 

- Extensión de horario, de acuerdo con el decreto 889 de 2014.
- Actividades de formación para la autorregulación y excelencia en el servicio.
- Hacer parte de las publicaciones privadas y públicas que recomienden la visita al lugar.

¿Estás interesado en hacer parte de Medellín Convive la Noche?

Es muy fácil. Solo debes cumplir con los siguientes requisitos:  

- Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
- Certificado de registro mercantil de la Cámara de Comercio, renovada y actualizada del año vigente, y que el ejercicio de la actividad comercial no sea inferior a seis meses en la dirección registrada para la vinculación.
- Pago por derechos de autor del año vigente.
- Pago de Impuesto de Industria y Comercio del último mes.
- Certificación vigente expedida por el DAGRD.
- Concepto higiénico sanitario favorable o condicionado vigente.
- Estar ubicado en una zona apta para el ejercicio de la actividad, de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial – POT vigente. 

¿Ya haces parte de Convive la Noche? Recuerda la importancia de realizar la renovación de los documentos, para que tu establecimiento comercial continúe con los beneficios del programa.

Mayores informes
Medellín Convive la Noche – (604) 385 55 55 Extensión 8879.
Centro de Servicios a la Ciudadanía.
Lunes a jueves de 7:30 am a 5:30 pm y viernes 7:30 am a 4:30 pm (Jornada contínua).
Taquilla 2, sótano de la Alcaldía de Medellín.
Calle 44 N. 52 - 165.
Centro Administrativo Municipal La Alpujarra. 

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