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Urbanismo, vivienda y Catastro

Registro de la publicidad exterior visual

¿En qué consiste el trámite?

Inscribir el medio masivo de comunicación destinado a informar o llamar la atención del público a través de elementos visuales como leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, bien sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.

¿Dónde lo puedo realizar?

De manera Presencial puedes dirigirte a las siguientes sedes: 

Subsecretaría de Espacio Público
Dirección: cr 42 # 47 - 15, TO de Bomboná
Horario: lunes a jueves de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:30 p. m. a 5:30 p. m.; viernes de 7:30 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:30 p. m. a 4:30 p. m.
Teléfono: 2291304,2291306, 4444144


Para acceder al resultado del  trámite de manera virtual ingresa  aquí

 

¿Qué documentos debo presentar?

Para realizar el trámite se deben entregar los siguientes documentos: 

1.Fotocopia de la Cédula de ciudadanía o Cédula de extranjería

2. Una Fotografía. Ilustración o fotografías de la publicidad exterior visual y transcripción de los textos que en ella aparecerán, así como sus medidas en caso de que se cuente con dicha información. Para el caso de volantes se requiere entregar una muestra o material producido por el solicitante.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1.Reunir,radicar  documentos y cumplir condiciones

¿Debo realizar algún pago?

Para realizar el trámite debes pagar por: 

1.Reclamar en la Secretaría de Hacienda la factura de pago para la publicidad exterior que le aplique, si la respuesta es positiva
2.Presentar factura cancelada del impuesto por publicidad, en la taquilla de la Subsecretaría de Espacio Público.

¿Qué verifica la entidad?

1.Estar constituido y representado ante la cámara de comercio

Condiciones especiales para acceder al trámite

A continuación encontrará unas situaciones especiales para poder acceder al trámite, si se encuentras identificado con alguna de ellas, debe cumplir con lo siguiente:

 
Excepción 1: Si la solicitud es para avisos publicitarios con un área inferior a ocho (8m2) metros cuadrados debe entregar:

•  Formulario Solicitud de Avisos (SUIT-5714-T05001)  completamente diligenciado para que la solicitud sea aceptada. Puedes descargarlo  aquí
Este puede ser reclamado en el punto de atención.

Excepción 2 Si la solicitud es para publicidad exterior visual con dimensión igual o mayor a ocho (8m2) metros cuadrados  debe entregar:

• Formulario Solicitud de Publicidad Exterior Visual (SUIT-5698-T05001) completamente diligenciado para que la solicitud sea aceptada. Puedes descargarlo aquí

También puede ser reclamado en el punto de atención

Excepción 3: Si la solicitud es para publicidad visual exterior temporal o transitoria, diferente a volantes debe entregar

• Copia de la autorización o contrato celebrado entre el solicitante de la publicidad exterior visual y los titulares de los derechos sobre inmueble donde se instalará la publicidad exterior visual.
• Copia de la Póliza de responsabilidad civil extracontractual, que cubra las contingencias y los daños que puedan causar los elementos instalados, la cual deberá mantenerse vigente mientras se encuentre instalada la publicidad exterior visual. La póliza no podrá tener un valor asegurado inferior a quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (500 SMLMV).
• Concepto técnico sobre cimentación y resistencia expedido por Ingeniero Civil debidamente matriculado, de conformidad con la normatividad pertinente.

Excepción 4: Para el registro de la publicidad exterior visual de promoción y venta de proyectos inmobiliarios debe entregar 

• Copia del Acto administrativo que otorga la licencia de construcción, urbanización o parcelación, salvo que se trate del sistema de preventas.
• Copia del  Contrato de fiducia suscrito entre la empresa constructora y la empresa fiduciaria
• Copia de la Licencia de construcción 
 
Excepción 5:  Para el registro de la publicidad exterior visual de obra civil debe entregar 

• Copia del  Contrato celebrado entre las partes para la ejecución de la obra.

Excepción 6: Para el registro de la publicidad exterior visual en vehículos debe entregar 

•Copia del Permiso del propietario del vehículo cuando éste no pertenezca al solicitante.
•Copia del Concepto emitido por la Secretaría de Movilidad.
•Copia de la Tarjeta de propiedad de los vehículos.
•Copia del Contrato suscrito entre la empresa de transporte y/o propietario del vehículo y el agente anunciante de la publicidad cuando sea el caso, en dicho documento deberá constar el plazo de permanencia de la publicidad instalada en el vehículo.

Excepción 7: Para el registro de avisos publicitarios (pasacalles) debe entregar

•Copia del comprobante de pago por la utilización de los postes de alumbrado público, el pago se realiza ante las empresas públicas de Medellín - EPM.
•Copia del comprobante de pago por concepto de aprovechamiento económico del Espacio Público,  el pago se realiza ante la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las Alianzas Público Privadas- APP

¿En cuánto tiempo tengo respuesta?

La respuesta se da en 60 días hábiles. Ten en cuenta que el primer día hábil, es el día siguiente de radicada la solicitud.

Cuando la solicitud es para publicidad transitoria (pasacalles, volantes y pendones) el tiempo será de 15 días hábiles.

¿A quién va dirigido?

  • Ciudadano

  • Organizaciones

  • Extranjeros

 

Más información

El trámite también se conoce como: 
 
Inscripción de publicidad exterior, Registro de colocación de publicidad exterior, Permiso para publicidad exterior, Valla Comercial, Valla de obra civil promocional, Valla de promoción, Valla para venta de proyectos inmobiliarios, Registro de colocación de publicidad exterior, Permiso para publicidad exterior, Publicidad móvil, Distribución de avisos al transeúnte (volantes), Pasacalles

La Dependencia encargada es:  Seguridad y Convivencia

La Temática asociada es: 
Medio Ambiente
Movilidad y Transporte

Fechas especiales: Después de instalada una valla dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la colocación, deberá solicitarse el registro de dicha colocación ante la Subsecretaría de Espacio Público.

Enlaces

Puedes visualizar la información a través del Portal Único del Estado Colombiano ingresando aquí


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