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La información exógena es una herramienta de gran importancia para la administración tributaria, debido a que le permite realizar labores de fiscalización y control a través de cruces de información, de los cuales se pueden identificar contribuyentes que no han cumplido de forma oportuna y correcta con el pago de sus impuestos.
Los contribuyentes de los tributos municipales deben cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la normativa vigente, las cuales no se limitan únicamente al pago de los impuestos, debido a que en ocasiones se exigen otros deberes adicionales, que le permiten a la administración comprobar que las personas y entidades están contribuyendo en debida forma.
Una de las obligaciones que permite verificar lo anterior es el reporte de información exógena, que consiste en entregar a la autoridad tributaria una información relacionada con las operaciones propias y aquellas efectuadas con terceros.
En el caso concreto del Distrito de Medellín, cada año se expide una resolución en la que se establece quiénes son los obligados a reportar información exógena, el tipo de datos que se deben entregar a la Secretaría de Hacienda y las fechas para hacerlo.
En lo que tiene que ver con la información a reportar durante el año 2024, se expidió la Resolución N. 202350104714 del 20 de diciembre de 2023, que encontrará en el botón Normatividad Tributaria ubicado en www.medellin.gov.co/portaltributario.
Histórico de resoluciones relacionadas:
Resolución número 202350052717 del 29 de junio de 2023
Por la cual se modifica la Resolución N°202250129177 del 27 de diciembre de 2022 que establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Subsecretaría de Ingresos del Distrito Especial de Medellín por el año gravable 2022, se señala el contenido y las características técnicas para su presentación y se fijan plazos para la entrega, modificada por la Resolución N°202350037010 del 10 de mayo de 2023.
Resolución número 202350037010
Por la cual se modifica la Resolución N°202250129177 del 27 de diciembre de 2022 que establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Subsecretaría de Ingresos del Distrito Especial de Medellín por el año gravable 2022, se señala el contenido y las características técnicas para su presentación y se fijan plazos para la entrega.
Resolución N. 202250129177 del 27 de diciembre de 2022
Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la Subsecretaría de Ingresos del distrito especial de Medellín por el año gravable 2022, se señala el contenido y las características técnicas para su presentación y se fijan plazos para la entrega.
Debe tenerse en cuenta que tanto los obligados a reportar información, como el tipo de datos que debe enviarse a la Administración, se establecen cada año por la Subsecretaría de Ingresos mediante resolución, dependiendo de las necesidades y programas que vayan a desarrollarse.
Por tal motivo, las personas naturales y jurídicas deben revisar anualmente el Acto expedido por parte de la Subsecretaría, toda vez que los únicos obligados a remitir información exógena relacionada con los tributos del Distrito de Medellín, serán aquellos que sean designados en la resolución.
Es procedente mencionar que la información exógena que se exigen en el Distrito de Medellín es distinta a la que debe reportarse a la DIAN o a otros municipios del país.
A continuación, encontrará los manuales e instructivos según el tema. Al ingresar a cada enlace podrá cargar su información exógena:
Para los agentes de retención del impuesto de industria y comercio, agentes del sistema de retención de tarjetas débito y crédito, sociedades fiduciarias respecto al impuesto de industria y comercio, quienes hayan participado en contratos de colaboración empresarial, notarios del círculo notarial de Medellín e información sobre publicidad exterior visual, las fechas límites se definen según el último dígito del Número de Identificación Tributaria – NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Último dígito | Fecha límite |
---|---|
1 | 02 de agosto de 2024 |
2 | 05 de agosto de 2024 |
3 | 06 de agosto de 2024 |
4 | 08 de agosto de 2024 |
5 | 09 de agosto de 2024 |
6 | 12 de agosto de 2024 |
7 | 13 de agosto de 2024 |
8 | 14 de agosto de 2024 |
9 | 15 de agosto de 2024 |
0 | 16 de agosto de 2024 |
Todo incumplimiento de obligaciones tributarias formales genera una sanción que está establecida en la normativa vigente.
Para el caso concreto de la información exógena, el hecho de no reportarla, enviarla por fuera de los términos, con errores o incompleta, da lugar a la imposición de la sanción establecida en el Acuerdo 093 de 2023.
A continuación, encontrarás los manuales e instructivos según el tema. Al ingresar a cada enlace podrás cargar tu información exógena.
Descarga aquí el instructivo de Agentes retenedores Impuestos Industria y Comercio
Descarga aquí la estructura de Agentes retenedores Impuestos Industria y Comercio
Descarga aquí el instructivo de Fiducias Impuesto Predial
Descarga aquí la estructura de Fiducias Impuesto Predial
Descarga aquí el instructivo de Fiducias respecto a Industria y Comercio
Descarga aquí la estructura de Fiducias respecto a Industria y Comercio
Descarga aquí el instructivo de Contratos de Colaboración Empresarial
Descarga aquí la estructura de Contratos de Colaboración Empresarial
Descarga aquí el instructivo de Registraduría Nacional del Estado Civil
Descarga aquí la estructura de Registraduría Nacional del Estado Civil
Descarga aquí el instructivo de Círculo Notarial de Medellín
Descarga aquí la estructura de Círculo Notarial de Medellín
Descarga aquí el instructivo de Publicidad Exterior Visual por Agentes retención Publicidad Exterior Visual
Descarga aquí la estructura de Publicidad Exterior Visual por Agentes retención Publicidad Exterior Visual
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