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Portal de Medellin/Temas/Salud/Programas y Proyectos Principios de la Política Pública de Salud Bucal Equidad: Es la justa oportunidad de todos para alcanzar la salud. Lo justo se refiere a aplicar el principio: "a cada cual según su necesidad y de cada quien según su capacidad". Igualmente, el componente equidad implica que todas las personas puedan alcanzar su potencial de salud con independencia de sus condiciones sociales y económicas, así como la necesidad de reducir las desventajas sociales y sus efectos innecesarios, injustos y evitables sobre la salud entre los grupos más desprotegidos. Universalidad: Es la responsabilidad del estado de garantizar la incorporación de toda la población con plenos derechos y deberes al sistema de salud, sin exclusiones derivadas del ámbito geográfico, social, económico y cultural, ni discriminación alguna por motivo de raza, idioma, estado de salud, orientación sexual, política y religiosa. Para hacer efectivo este principio se debe garantizar la accesibilidad, la cobertura, la oportunidad, la eficiencia y en general la calidad de los servicios que se brindan, de acuerdo con sus competencias. Integralidad: Es el reconocimiento del ser humano como sujeto integral que requiere acciones que respondan a esta condición y supere la lógica de la fragmentación, es decir, que integren las respuestas interdisciplinarias e intersectoriales para responder a las necesidades en salud en los ámbitos individual, familiar y colectivo. Accesibilidad: Es la garantía al acceso físico, a la información, al acceso económico o asequibilidad, a la no discriminación y a la atención oportuna y efectiva a los diferentes bienes, servicios, programas e infraestructuras, que permitan el mejoramiento de la calidad de vida y el pleno goce de la salud, de todas y todos los habitantes de la ciudad. Los principales responsables son el Estado y los actores del sistema de salud. Disponibilidad: En la garantía por parte del Estado de un número suficiente de bienes, programas e infraestructuras distribuidos con criterio de equidad por territorios, los cuales deben apuntar tanto a la promoción de la salud como a la prevención, atención y rehabilitación de la enfermedad. Además, de desarrollarse en condiciones sanitarias adecuadas y con personal idóneo en condiciones dignas de trabajo. Aceptabilidad: Es el respeto por las particularidades individuales y colectivas que rodean y determinan el proceso salud-enfermedad, es decir, el respeto por las libertades y las condiciones culturales, éticas, históricas y sociales. Lo anterior implica que los establecimientos, los bienes y los servicios en salud deben respetar las normas que prescribe la ética médica y las diferencias culturales, así como adaptarse a las necesidades relativas al ciclo vital, al género, al territorio y a la cultura. Gestión participativa: Es el proceso de gestión de la PPSB centrada en la participación organizada, activa, comprometida y consciente de los diferentes actores vinculados al proceso, en el cual expresaron iniciativas, necesidades, intereses y valores comunes para su formulación. La participación de los actores permea cada una de las etapas de la política tanto diseño como la implementación, el seguimiento, la evaluación y el control social. Informe Consolidado ceo.COP 2020.pdf633 Kb Lineamientos de Politica publica de Salud Bucal de Medellin 2013-2022.pdf9344 Kb Presentacion de servicios odontologicos habilitados - 2021.pptx2437 Kb INFORME PARCIAL AÑO 2019.pdf360 Kb Agenda de Investigacion.pdf10563 Kb |