Unidad 1

Fundamentos

Curso de Contratación

Estudios Previos

Después de haber realizado todo el procedimiento de planeación, que consiste en proyectar con suficiente antelación mediante la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Plan Anual de Supervisión e Interventoría los datos básicos de la contratación como son: el objeto, la descripción, el presupuesto y las cantidades; el Municipio perfila todos estos datos, realizando los estudios con una mayor profundidad, compilándolos en un documento denominado “Estudios Previos”.

Este documento recoge todos los estudios, documentos y análisis que sirven de soporte para la elaboración del Proyecto de Pliego de Condiciones y posteriormente el Pliego de Condiciones Definitivo.

De esta manera tú puedes valorar adecuadamente el alcance de lo requerido, teniendo seguridad y claridad al momento de presentar los requisitos habilitantes y tu oferta económica.


Recuerda:


Los datos de la planeación, se dan a conocer mediante el Plan Anual de Adquisiciones y se socializan en el evento denominado “Feria de la Transparencia” que se hace cada año en el segundo semestre.

Estudios y Documentos Previos

Estudios y Documentos Previos



Allí puedes conocer en detalle los principales aspectos de la contratación, como la necesidad que se pretende satisfacer, el valor estimado del contrato, el análisis de los riesgos; las garantías que se exigirán en el contrato y si le aplican incentivos a las Mipymes.

Los Estudios y Documentos Previos son elaborados y recopilados por el equipo multidisciplinario llamado Comité de Estructuración y Evaluación Contractual anterior y deben ser publicados junto con el Proyecto de Pliegos de Condiciones o Invitación.

En el caso de contratos en los que se involucre el diseño y la construcción se debe poner a tu disposición los documentos técnicos disponibles para el desarrollo del proyecto.

Modalidad de Selección


En los Estudios Previos se define la modalidad de selección.
Es oportuno que conozcas de forma general cada una de las modalidades, ya que de ellas depende el procedimiento a seguir en la contratación. Saberlo es importante ya que dependiendo de la modalidad, los plazos pueden ser diferentes o los criterios de selección de tu propuesta pueden cambiar.

En las Leyes 1150 de 2007 y 1474 de 2011 se definen las cinco modalidades de contratación:

  • 1. Licitación Pública

    Es el procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula publicamente una convocatoria para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione entre ellas la más favorable. Procede cuando los bienes y servicios son diferentes a los de características técnicas uniformes, es decir, de características técnicas complejas (obra pública o servicios intelectuales diferentes a los de consultoría) y el valor del contrato a celebrar es mayor a 1.000 SMLMV.
  • 2. Selección Abreviada

    Corresponde a la modalidad de selección objetiva mediante la cual pueden adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.
    Cuando los bienes y servicios a adquirir son de características técnicas uniformes se utilizará la causal de subasta inversa electrónica.
    En los siguientes casos se utilizará la causal de menor cuantía:
      Adquisición o suministro de bienes y servicios diferentes a los de características técnicas uniformes cuyo valor se encuentre entre 100 SMLMV y 1000 SMLMV. Contratos para la prestación de servicios de salud. con valor entre 100 y 1.000 SMLMV, para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes con valor mayor a 100 SMLMV, para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes en Bolsas de Productos, prestación de servicios de salud, cuyo proceso de licitación pública haya sido declarado desierto, productos de origen o destinación agropecuaria, contratación de entidades estatales dedicadas a la protección de derechos humanos y población con alto grado de vulnerabilidad, para la adquisición de bienes y servicios para la defensa y seguridad nacional.
      En otras palabras, la selección abreviada nos permite hacer procesos más rápidos, dadas las condiciones de los bienes que queremos adquirir. 
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Modalidad de Selección

  • 3. Concurso de Méritos

    Concurso de Méritos, es la modalidad prevista para la selección de consultorías y proyectos de arquitectura.
  • 4. Contratación Directa

    Sólo procede cuando se cumplan los presupuestos de los siguientes casos: • Urgencia manifiesta.
    • Contratos o convenios interadministrativos.
    • Bienes y servicios del sector defensa que necesiten reserva para su adquisición.
    • Contratación para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas.
    • Contratos de encargo fiduciario para acuerdos de reestructuración.
    • Cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado.
    • Para servicios profesionales y de apoyo a la gestión, y trabajos artísticos encomendados a una determinada persona natural.
    • El arrendamiento o adquisición de inmuebles.

    IMPORTANTE: Para esta modalidad no se hace proceso de selección como tal sino que se diseña el Estudio y los Documentos Previos, se verifican los documentos presentados por el futuro contratista, y se pasa a la etapa de contratación. Se trata de contratar un proveedor que elija el Municipio por sus condiciones de idoneidad y experiencia probada y reconocida, sólo cuando se cumplan lo estipulado en la ley.
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Modalidad de Selección

  • 5. Mínima cuantía

    Es la modalidad de selección a través de procesos contractuales cuyo valor no exceda el 10% de la menor cuantía que para el Municipio de Medellín equivale a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, independientemente de su objeto.
  • 6. Regímenes Especiales

    Es la forma de celebrar convenios de asociación, convenios de apoyo o contratos con terceros públicos o privados que se encargan de impulsar programas, proyectos o actividades de interés público que estén primero en el Plan de Desarrollo y segundo en el objeto de las entidades privadas o públicas sin ánimo de lucro y reconocida idoneidad.
  • 7.Asociaciones Público Privadas

    Es la posibilidad de vincular capital privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra la retención y transferencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio, se materializa mediante la celebración de un contrato con una persona natural o jurídica de derecho privado (inversionistas).
  • 8.Convenios Solidarios

    Esla complementación de esfuerzos institucionales, comunitarios, económicos y sociales para la construcción de obras y la satisfacción de necesidades y aspiraciones de las comunidades.
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