Estado:
Cerrada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS
1. Ser titulares de los derechos patrimoniales de sus obras o proyectos objeto del Estímulo.
2. Recibir copia del acto administrativo que los designa como beneficiario, siempre y cuando se solicite. De igual manera, dicho acto administrativo podrá consultarse en la página web: www.medellin.gov.co/estimulos
3. Recibir el desembolso de los recursos de la siguiente manera: un primer desembolso correspondiente al 60% del valor del estímulo una vez se hayan presentado los documentos de legalización y un primer informe con las indicaciones del consultor asignado. Y un segundo desembolso del 40% sujeto a la presentación del informe final de ejecución del proyecto aprobado por el interventor y/o supervisor y demás requisitos de ley.
4. Contar con el acompañamiento y asesoría de un profesional designado por la secretaría de Cultura Ciudadana durante la ejecución del estímulo.
DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS
1. Aceptar por escrito el estímulo con las condiciones de participación y los lineamientos específicos establecidos en la convocatoria.
2. Firmar y cumplir de manera estricta con lo estipulado en la carta de aceptación de propuesta y compromiso.
3. Estar registrado como proveedor del municipio de Medellín. en caso de no estarlo, realizar tal registro en el menor tiempo posible.
4. Contar con los recursos propios para desarrollar o llevar a cabo su proyecto en la fecha indicada de acuerdo con la convocatoria, teniendo en cuenta que el primer desembolso se realiza aproximadamente al mes de notificada la resolución de otorgamiento. En caso de presentarse dificultades para realizar el primer desembolso, el municipio de Medellín podrá realizarlo de manera posterior a la fecha inicialmente pactada.
5. Destinar el cien por ciento (100%) del recurso recibido a la ejecución del proyecto aprobado por el jurado.
6. Para las convocatorias que requieren tutor y este llegue a renunciar, el beneficiario debe enviar solicitud escrita del cambio del mismo, anexando nueva hoja de vida y carta de aceptación del postulado. La Secretaría de Cultura Ciudadana se reserva el derecho de aceptarlo o no.
7. Atender a las recomendaciones que les sean dadas por los jurados de la convocatoria y por el profesional designado para el acompañamiento, ajustando los elementos donde se soliciten modificaciones.
8. Hacer los ajustes a los informes solicitados por parte del profesional designado ara el acompañamiento.
9. Los grupos, artistas, gestores y actores culturales que resulten beneficiados de la presente convocatoria deben realizar una divulgación de resultados en el territorio. Este compromiso debe quedar expreso en la propuesta técnica (presupuesto incluido), en la cual se describe la realización de dicha divulgación. Esta actividad puede ser llevada a cabo mediante talleres, conferencias, conciertos, muestras, exposiciones o presentaciones, según la naturaleza del trabajo final.
10. El Programa de Planeación del Desarrollo Local y Presupuesto Participativo de la Secretaría de Cultura Ciudadana puede establecer la realización de muestras colectivas de resultados el mismo año de la convocatoria y los beneficiarios deben participar de ellas, aun después de haber terminado la ejecución de su proyecto.
11. Presentar informe de avance y demás documentación solicitada por el profesional de acompañamiento.
12. Presentar informe final de la propuesta beneficiada con los soportes necesarios, el cual da cuenta de la ejecución del proyecto aprobado.
13. Dar créditos a la Alcaldía de Medellín - Secretaría de Cultura Ciudadana - en todos los contenidos, las piezas gráficas y actividades de promoción, realización y divulgación de la propuesta beneficiaria; así como en publicaciones posteriores que utilicen la información del estímulo y sus productos, siguiendo los lineamientos del manual de imagen de la Alcaldía de Medellín.
14. Los contenidos, productos o piezas creadas deberán enviarse siempre con antelación para ser aprobados por el profesional de apoyo y el equipo de comunicaciones. Se deben cumplir con las directrices, el manual de estilo e imagen institucional de la Alcaldía de Medellín y los criterios de calidad exigidos.
15. No se puede ceder el Estímulo o desarrollo de la propuesta a terceras personas.
16. Facilitar a la Secretaría de Cultura Ciudadana cualquier documentación que sea necesaria para verificar la información requerida en la Convocatoria o para la ejecución de la propuesta beneficiada.
17. Solicitar autorización al profesional designado para el acompañamiento sobre cualquier cambio en el presupuesto y en el cronograma, y esperar aprobación del mismo, antes de efectuar dichas modificaciones. La solicitud debe efectuarse por escrito, explicando debidamente las razones de dicho cambio, para efectos de ser avalado y reconocido. En caso de efectuarse el cambio sin previo aval del profesional designado para el acompañamiento, tal cambio no será aprobado.