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Sistema de gestión para la equidad territorial
El Plan de Ordenamiento Territorial – POT – adoptado mediante el Acuerdo 48 de 2014, identifica un abanico de instrumentos incluidos en el Sistema de Gestión para la Equidad Territorial.
Los informes de seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial dan cuenta de los avances, logros y resultados obtenidos con la implementación de estos distintos instrumentos que integran el Sistema, además de las recomendaciones y retos.
El proyecto de Decreto Distrital reglamenta la aplicación del instrumento de intervención del suelo derecho de preferencia en el distrito, definiendo su parte procedimental específicamente en tres escenarios como lo son la adquisición de predios por parte de las entidades que ejercen funciones de Banco Inmobiliario por motivos de utilidad pública, la adquisición de viviendas con tipologías VIS y/o VIP por parte del ISVIMED y la vinculación de los propietarios del suelo mediante la gestión asociada, a los proyectos a desarrollar en polígonos de renovación urbana.
Responsable: Departamento Administrativo de Planeación -Subdirección Territorial y Estratégica de Ciudad
Aplicación del Instrumento de Intervención del Suelo Derecho de Preferencia en el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín. Fecha del Documento: Octubre de 2024. El proyecto de Decreto Distrital que se presenta con este documento pretende abordar las temáticas relacionadas, recogiendo lo establecido en la normativa nacional y distrital y ofreciendo un marco procedimental a seguir para su aplicación.
El Subsistema de Financiación se define como el conjunto de instrumentos y decisiones administrativas dirigidas a lograr la movilización de recursos necesarios para la ejecución y mejoramiento de las infraestructuras a través del programa de ejecución, previsto Plan de Ordenamiento Territorial, con miras a materializar el principio de reparto equitativo de cargas y beneficios del desarrollo territorial, señalado en el artículo 38 de la Ley 388 de 1997.
El Subsistema de Financiación estableció 22 instrumentos de financiación imprescindibles para la concreción del modelo de ocupación previsto para el territorio de Medellín, de los cuales requieren reglamentación especifica el 64%.
A continuación, ponemos a disposición de la ciudadanía, los diferentes estudios realizados para su reglamentación en el marco de lo establecido en el artículo 499 del POT:
Responsable: Departamento Administrativo de Planeación -Subdirección Territorial y Estratégica de Ciudad.
Transferencia de derechos de construcción (Ambiental): Fecha del Documento: Junio 2019. Es un instrumento de gestión en virtud del cual los propietarios de terrenos en suelos de conservación en áreas de protección ambiental y paisajística para la generación de espacio público natural (Mapa 30. Zonas generadoras de derechos adicionales de construcción) podrán utilizar, por una sola vez, el potencial de aprovechamiento constructivo definido en el POT, posibilitando su traslado a una zona receptora.
Estudio Técnico para la implementación del FIRI: Fecha del Documento: Junio 2020. El Financiamiento por incremento en la recaudación Impositiva – FIRI-, se encuentra considerado en el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín, Artículo 536 del Acuerdo 48 de 2014, como instrumento de financiación del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial.
Metodología para incentivar el pago de las obligaciones urbanísticas compensables en dinero: Fecha del Documento: 21 de Julio de 2021. Considerando que el corredor del Rio Medellín se constituye en la gran apuesta para la consolidación del modelo de ocupación del territorio planteado en el Acuerdo 48 de 2014, es necesario incentivar la llegada de los primeros constructores que detonen la dinámica inmobiliaria, dados los retos que asumen los agentes públicos y privados.
Metodología general de cargas progresivas: Fecha del Documento: 21 de Julio de 2021. Las cargas progresivas ofrecen un estímulo considerable en el pago de las obligaciones urbanísticas, buscando ser el medio que mitigue los posibles retos, lo cual, junto a la posibilidad de pagar de manera anticipada las obligaciones urbanísticas en dinero, establece un escenario en el que tanto el constructor como el Distrito se benefician: el constructor reduce las obligaciones urbanísticas totales que debe asumir impactando positivamente el retorno de su inversión, mientras que el Distrito recibe de manera anticipada parte o la totalidad del pago de las obligaciones urbanísticas para la concreción de los sistemas públicos y colectivos.
Manual para actualización factor progresivo: Fecha del Documento: 21 de Julio de 2021.
Estudio técnico de soporte – Participación en plusvalía para Medellín: Fecha del Documento: 21 de Julio de 2021. Tiene el propósito principal de evaluar las posibilidades de implementación y las mejoras susceptibles al Decreto 752 de 2013 vigente en Medellín, por medio del cual se establecieron las competencias, lineamientos y procedimientos para regular la operatividad del cálculo, liquidación y recaudo de la participación del efecto plusvalía.
Estudio técnico de soporte – Participación en plusvalía por obra pública en el proyecto Metro Ligero de la 80. Fecha del Documento: 2024. Tiene como objetivo determinar las zonas y/o subzonas beneficiarias de la obra pública Metro Ligero de la 80, la cual configura uno de los hechos generadores para la aplicación del instrumento participación en plusvalía reglamentado por la Ley 388 de 1997 y el Decreto Distrital 1163 de 2021. Así mismo, es importante indicar que este documento técnico de soporte sirve de base para que se realice el análisis de aplicabilidad del instrumento conforme lo establece en el artículo 4 del Decreto.
La Administración Distrital mediante el Decreto 1156 de 2023, actualizó las disposiciones que reglamentan la creación y operatividad del Consejo de Direccionamiento Estratégico del Plan de Ordenamiento Territorial -CDE-. Esta norma derogó las anteriores: el Decreto 1569 de 2016, modificado y adicionado por los Decretos 0127 de 2017 y 621 de 2017.
Esta norma creó el CDE del POT, como instancia para la toma de decisiones respecto al direccionamiento de recursos con el fin de garantizar el desarrollo eficaz y eficiente del marco estratégico del POT, relacionado, entre otros, con:
Dando cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 454 del Acuerdo 48 de 2014, se presentan los informes anuales del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial, en los cuales se detallan los avances en los subsistemas de planificación complementaria, de intervención del suelo y de financiación establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, y también sobre el cumplimiento de la vivienda de interés social y prioritario:
Fecha última actualización: 06 de mayo de 2020
Responsable: Departamento Administrativo de Planeación -Subdirección Territorial y Estratégica de Ciudad
El Informe de Seguimiento y Evaluación del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial del corto plazo del POT, da cuenta de los avances, logros y resultados obtenidos con la implementación de los distintos instrumentos que integran el Sistema, además de las recomendaciones y retos para la vigencia del mediano plazo.
Fecha: Mayo 2024
Fecha de actualización: julio de 2024.
Este informe presenta el avance en el seguimiento y evaluación del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial. Además, se exponen la conclusiones, recomendaciones y acciones de mejoramiento con el fin de orientar mejor el avance de la implementación del Sistema de Gestión para la Equidad Territorial en su próxima vigencia, así como las apuestas a tener en cuenta en el horizonte de largo plazo, con el fin de propender por la concreción del modelo de ocupación del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín establecido en el Acuerdo Municipal 048 de 2014.
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