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Subsecretaría de Control Urbanístico

¿Qué hace la Subsecretaría de Control Urbanístico?

Es la dependencia a cargo de la gestión, seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, definido en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente, mediante la verificación de la aplicación de las normas urbanísticas y constructivas, por parte de los agentes públicos y privados en la actividad edificadora, para contribuir al desarrollo territorial, garante de los derechos individuales y colectivos.

Funciones de la Subsecretaría de Control Urbanístico

Según el artículo 346 del Decreto 883 de 2015, las principales funciones de la Subsecretaría de Control Urbanístico son:

 

  1. Ejercer el seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, relacionado con la aplicación de las normas urbanísticas para la ejecución de obras sin licencias o contrariando lo dispuesto en las licencias; el seguimiento y control a los procesos de invasión, asentamientos en zonas de desarrollo incompleto e inadecuado y en zonas con restricciones urbanísticas en el territorio municipal; el seguimiento y control a la localización de establecimientos comerciales, industriales y de servicios en contravención a las normas de usos del suelo, aplicando el instrumento para el control establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial.
  2. Ejercer el seguimiento, monitoreo y control a la ejecución de obras, verificando si se ejecutan actuaciones de parcelación, urbanización, construcción, reforma o demolición sin licencia o sin ajustarse a la misma, en contravención a la normativa vigente.
  3. Realizar el seguimiento a las Curadurías Urbanas y a las actuaciones del Curador verificando que las licencias urbanísticas se expidan con sujeción a sus competencias y observando en su expedición la aplicación del Plan de Ordenamiento Territorial, planes parciales, las normas urbanísticas que los desarrollan.
  4. Realizar la vigilancia y control durante la ejecución de las obras físicas, con el fin de asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y sujeción a las normas y especificaciones técnicas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial y la normativa vigente.
  5. Expedir los Certificados de Permiso de Ocupación, previo el cumplimiento de procesos y requisitos técnicos y legales que correspondan; y demás certificados relativos a su competencia y acorde a la normativa vigente.
  6. Ejercer la vigilancia y control de las actividades de enajenación de inmuebles destinados a vivienda en proyectos de cinco (5) o más unidades, con sujeción a la normativa vigente.
  7. Establecer los mecanismos y procedimientos para asegurar el cumplimiento de las obras y dotaciones a cargo del urbanizador.
  8. Liquidar y verificar el cumplimiento de las obligaciones urbanísticas.
  9. Realizarlas gestiones necesarias para la determinación de las áreas de cesión, la incorporación de áreas públicas y la entrega material de las áreas de cesión. Además de velar por el cumplimiento de obligaciones de los constructores.

Unidades de la Subsecretaría de Control Urbanístico

Enajenaciones y Sociedades Intervenidas

Enajenaciones de Inmuebles

A través del componente de enajenaciones, se desempeña funciones de inspección, vigilancia y control sobre las actividades de anuncio, promoción y venta de inmuebles realizadas por enajenadores o vendedores.

Este trabajo se enfoca especialmente en proyectos que comprenden cinco o más unidades de vivienda, con el objetivo principal de proteger los derechos de los futuros propietarios y garantizar que los procesos de comercialización cumplan con las normativas vigentes.

Sociedades Intervenidas

La Subsecretaría de Control Urbanístico cuenta con la potestad de intervenir en casos donde sea necesario proteger el patrimonio y los derechos del comprador de vivienda. Esto incluye la toma de posesión de los bienes, haberes y enseres de los enajenadores de inmuebles que incurran en alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley 66 de 1968.

Modalidades de Toma de Posesión

Administración:

Se aplica cuando se considera posible superar las causas que dieron origen a la intervención, permitiendo la continuidad de las operaciones bajo supervisión.

Liquidación:

Se lleva a cabo cuando las circunstancias obligan a la cesación del objeto social de la sociedad intervenida.

Con estas acciones, la Subsecretaría busca garantizar la confianza en el mercado inmobiliario y la protección integral de los futuros propietarios.

Organizaciones Populares de Vivienda (OPV)

Las Organizaciones Populares de Vivienda (OPV) son entidades sin fines de lucro que tienen como objetivo desarrollar proyectos de vivienda para sus miembros, a través de procesos de autogestión o economía solidaria.

Para llevar a cabo estos proyectos, una OPV debe realizar los siguientes trámites:

  1. Registrarse ante la Subsecretaría de Control Urbanístico
  2. Solicitud de permiso para la captación anticipada de dinero.
  3. Radicación de documentos para ejercer las actividades de promoción, anuncio y enajenación. 
  4. Trámite de autorización de ocupación o certificado técnico de ocupación.
  5. Solicitud de permiso de escrituración.

Estos trámites pueden realizarse de manera fácil y rápida a través de la plataforma URBAMED.

112 familias cumplen su sueño de tener vivienda propia con la entrega del proyecto El Triunfo, en el Doce de Octubre

Trámites enajenaciones

Si eres un enajenador de 5 o más inmuebles destinados a vivienda del municipio de Medellín tendrás que inscribirte como enajenador de vivienda, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 66 de 1968; adicionalmente, por cada proyecto nuevo tendrás que radicar los documentos que exigió el artículo 2.2.5.3.1 de Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1783 de 2021. 

Obligaciones urbanísticas

Las Obligaciones Urbanísticas son compromisos establecidos para garantizar que los proyectos de construcción aporten al desarrollo y bienestar de la ciudad. Estas obligaciones se derivan de las licencias urbanísticas o actos de reconocimiento otorgados por las Curadurías Urbanas, y buscan equilibrar el uso del suelo con la generación de espacios y equipamientos públicos.

¿Qué hacemos?

En nuestra gestión, nos encargamos de:

Supervisar el cumplimiento verificamos que los proyectos licenciados cumplan con las condiciones establecidas en las licencias urbanísticas, mediante visitas de inspección a las obras.

Gestionar las obligaciones una vez ejecutados los proyectos, identificamos si las obligaciones urbanísticas se deben cumplir en el lugar del proyecto (por ejemplo, cediendo suelo para espacio público o construyendo equipamientos) o si se pueden compensar económicamente.

Panorámica de Altavista

Calcular y liquidar compensaciones si la obligación urbanística puede compensarse en dinero, determinamos el valor correspondiente con base en el Mapa de Zonas Geoeconómicas, expedimos la resolución de liquidación y generamos la facturación.

Administrar predios receptores evaluamos predios ofrecidos para compensar estas obligaciones, verificamos si cumplen los requisitos y coordinamos su aprobación o rechazo en el Comité de Áreas de Cesión.

Articulación con otras dependencias trabajamos en equipo con otras áreas para determinar y gestionar las áreas de cesión pública, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y otras normativas vigentes.

¿Por qué son importantes?

  • Las Obligaciones Urbanísticas aseguran que cada desarrollo urbano contribuya a:
  • Crear más espacios públicos y zonas verdes.
  • Construir equipamientos necesarios para la comunidad, como colegios, parques y vías.
  • Promover la vivienda de interés social, entre otros.

Todo lo anterior de acuerdo con:

Infracciones urbanísticas

Infracciones urbanísticas es responsable de adelantar las siguientes acciones:

  • Emitir informes técnicos sobre las contravenciones a la normativa urbanística observadas en obras de construcción realizadas con o sin licencia. Además, emite conceptos técnicos respecto a ocupaciones realizadas sobre bienes del Distrito de Medellín. Estos informes técnicos son insumo para las actuaciones de las Inspecciones de Policía y la Casa de Gobierno del Distrito de Medellín, en cumplimiento de la Ley 1801 de 2016.
  • Expedir Autorizaciones de Ocupación de inmuebles y recibir los Certificados Técnicos de Ocupación, de acuerdo con los Decretos Municipales 1147 y 2454 de 2005, el Decreto Nacional 1077 de 2015 y la Ley 1796 de 2016.

La Subsecretaría realiza actividades de inspección, vigilancia y control para verificar que los responsables de los diferentes proyectos constructivos gestionen y ejecuten correctamente la licencia de construcción, conforme a lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, sus instrumentos complementarios, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normativas aplicables. Las licencias de construcción establecen de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.

Seguimiento a Curadurías Urbanas

Seguimiento a Curadurías

Realizamos el seguimiento a las Curadurías Urbanas de Medellín para garantizar que las licencias urbanísticas y actos de reconocimiento cumplan con la normativa vigente y el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

¿Qué hacemos?

  • Revisión de solicitudes: Verificamos que las licencias y actos de reconocimiento cumplan con los procedimientos y requisitos establecidos.
  • Uso de tecnología: A través de URBAMED, plataforma de acceso público, supervisamos la gestión de los trámites urbanísticos en las cuatro curadurías de la ciudad.
  • Control y corrección: Investigamos posibles irregularidades en trámites y requerimos ajustes si es necesario, remitiendo casos graves a la Superintendencia de Notariado y Registro.
  • Empalmes y nombramientos: Acompañamos los procesos de transición entre curadores y gestionamos reemplazos por ausencias temporales o definitivas.

¿Por qué son importantes?

Las Obligaciones Urbanísticas aseguran que cada desarrollo urbano contribuya a:

  • Crear más espacios públicos y zonas verdes.
  • Construir equipamientos necesarios para la comunidad, como colegios, parques y vías.
  • Promover la vivienda de interés social, entre otros.
  • Con estas acciones, garantizamos que las Curadurías Urbanas trabajen bajo los estándares legales y técnicos que requiere la ciudad.

JANETH ARANGO CASTAÑO

Curadora Urbana Tercera
Diagonal 50 49-84 piso 9 Edificio Colpatria
Línea telefónica: (57) 3107011548 – (57) 3107029323 – (57) 6044901397
Correo electrónico: notificacionesjudiciales@curaduria4medellin.co
Info@curaduria4medellin.co
Link página web: https://curadora4medellin.co/

Los Curadores Urbanos de Medellín son:

MARCO ANTONIO JARAMILLO OSPINA 

Curador Urbano Primero
Calle 45 53-50 oficina 0917 – Centro Comercial Gran Plaza
Línea telefónica (57) 6043229133 – (57) 145917860
Correo de radicación radicacion@curaduria1medellin.com
Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@curaduria1medellin.com
Correo PQR: pqr@curaduria1medellin.com
Link página web: https://curaduria1medellin.com/

ANGELA MARIA RESTREPO URIBE

Curadora Urbana Segunda
Calle 49 50-21 Edificio del Café piso5
Teléfono (57) 6046047463 – (57) 3004681051
Correo electrónico: comunicaciones@c2medellin.com
Link página web: https://c2medellin.co/

WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA

Curador Urbano Tercero
Calle 27 56-70 Local 302 – Centro de Servicios Punto Clave
Línea telefónica: (57) 6044480303 – (57) 3012115996
Correo electrónico: info@c3medellin.co
Link página web: https://curaduria3medellin.com.co/

Verificación de usos del suelo

Es el componente encargado de la vigilancia de la distribución espacial de las actividades que permiten establecer las características y el uso adecuado del suelo, con el fin de controlar el modelo de ocupación del Distrito. Incluye las gestiones relacionadas con los protocolos ambientales y urbanísticos (PAU), para asegurar una sana mezcla de usos comerciales, industriales, de servicios, dotacionales y de espacio público para el esparcimiento y el encuentro.

Construye bien

Con base en el Acuerdo 105 de 2018, el Decreto Distrital 883 de 2015 y otras normativas relacionadas, este componente desarrolla acciones para prevenir, identificar y controlar procesos constructivos irregulares, especialmente en zonas precarias del Distrito de Medellín.

Para cumplir con este objetivo, contamos con varios equipos especializados que trabajan de forma articulada:

  • Equipo de Observación
    Realiza recorridos en las comunas y corregimientos del Distrito para identificar nuevas ocupaciones o inicios de procesos constructivos fuera de la norma.
  • Equipo de Restitución del Bien Público
    Recupera predios públicos ocupados irregularmente mediante procedimientos que incluyen el desmonte de construcciones iniciadas con fines habitacionales.
  • Equipo Jurídico
    Verifica la viabilidad legal de las intervenciones en territorio y lidera las acciones de los equipos de observación y restitución. También apoya a las autoridades policiales en estos procesos. 
  • Equipo Social
    Implementa estrategias pedagógicas y preventivas para sensibilizar a la comunidad, fomentando la cultura de la legalidad, buenas prácticas constructivas y el autocuidado en el hábitat.

Estas acciones contribuyen a garantizar un desarrollo urbano ordenado, respetando la normativa y promoviendo una convivencia responsable en el territorio.

Son medidas administrativas para el manejo y funcionamiento de los bienes y haberes de personas naturales o jurídicas, dedicadas a la enajenación, construcción o mejoramiento de vivienda, que hayan incumplido la Ley 66 de 1968.

Urbamed

Es un sistema de información basado en la plataforma geográfica (MapGis) que permite compilar toda la información generada en el Municipio de Medellín sobre un predio, verificar el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial, la dinámica inmobiliaria y demás actuaciones sobre el territorio municipal.

Urbamed está basado en tres componentes:

El Distrito adelantó primera jornada para orientar a la ciudadanía en catastro, control urbanístico y servicios públicos

Técnico (Urbanístico)

Hace referencia a la especificidad de los procesos de validación de las normas y decretos establecidos para el macro proceso de licenciamiento urbanístico.

Jurídico

Hace referencia a la validación y cumplimiento de los determinantes indicados en cada una de las normas y decretos establecidos a nivel nacional y local para el licenciamiento urbanístico.

Tecnológico

Hace referencia al componente de georreferenciación MapGis, que permite hacer seguimiento en línea del comportamiento del desarrollo urbanístico, reuniendo las diferentes solicitudes que se han realizado en un predio determinado (georreferenciado en el mapa).

Protocolos ambientales y urbanísticos (PAU)

Son instrumentos de control establecidos por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que permiten regular la ubicación de actividades económicas que puedan generar impactos en zonas residenciales. Su objetivo es facilitar una mezcla responsable de usos del suelo, promoviendo la convivencia entre residentes y actividades económicas, y contribuyendo a la reducción de conflictos en el territorio.

Panorámica de Medellín

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