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Secretaría de Gestión y Control Territorial
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Es la dependencia a cargo de la gestión, seguimiento, monitoreo y control a la implementación del modelo de ocupación del territorio, definido en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente, mediante la verificación de la aplicación de las normas urbanísticas y constructivas, por parte de los agentes públicos y privados en la actividad edificadora, para contribuir al desarrollo territorial, garante de los derechos individuales y colectivos.
Según el artículo 346 del Decreto 883 de 2015, las principales funciones de la Subsecretaría de Control Urbanístico son:
Enajenaciones de Inmuebles
A través del componente de enajenaciones, se desempeña funciones de inspección, vigilancia y control sobre las actividades de anuncio, promoción y venta de inmuebles realizadas por enajenadores o vendedores.
Este trabajo se enfoca especialmente en proyectos que comprenden cinco o más unidades de vivienda, con el objetivo principal de proteger los derechos de los futuros propietarios y garantizar que los procesos de comercialización cumplan con las normativas vigentes.
Sociedades Intervenidas
La Subsecretaría de Control Urbanístico cuenta con la potestad de intervenir en casos donde sea necesario proteger el patrimonio y los derechos del comprador de vivienda. Esto incluye la toma de posesión de los bienes, haberes y enseres de los enajenadores de inmuebles que incurran en alguna de las causales establecidas en el artículo 12 de la Ley 66 de 1968.
Modalidades de Toma de Posesión
Administración:
Se aplica cuando se considera posible superar las causas que dieron origen a la intervención, permitiendo la continuidad de las operaciones bajo supervisión.
Liquidación:
Se lleva a cabo cuando las circunstancias obligan a la cesación del objeto social de la sociedad intervenida.
Con estas acciones, la Subsecretaría busca garantizar la confianza en el mercado inmobiliario y la protección integral de los futuros propietarios.
Organizaciones Populares de Vivienda (OPV)
Las Organizaciones Populares de Vivienda (OPV) son entidades sin fines de lucro que tienen como objetivo desarrollar proyectos de vivienda para sus miembros, a través de procesos de autogestión o economía solidaria.
Para llevar a cabo estos proyectos, una OPV debe realizar los siguientes trámites:
Estos trámites pueden realizarse de manera fácil y rápida a través de la plataforma URBAMED.
Trámites enajenaciones
Si eres un enajenador de 5 o más inmuebles destinados a vivienda del municipio de Medellín tendrás que inscribirte como enajenador de vivienda, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 66 de 1968; adicionalmente, por cada proyecto nuevo tendrás que radicar los documentos que exigió el artículo 2.2.5.3.1 de Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1783 de 2021.
Las Obligaciones Urbanísticas son compromisos establecidos para garantizar que los proyectos de construcción aporten al desarrollo y bienestar de la ciudad. Estas obligaciones se derivan de las licencias urbanísticas o actos de reconocimiento otorgados por las Curadurías Urbanas, y buscan equilibrar el uso del suelo con la generación de espacios y equipamientos públicos.
¿Qué hacemos?
En nuestra gestión, nos encargamos de:
Supervisar el cumplimiento verificamos que los proyectos licenciados cumplan con las condiciones establecidas en las licencias urbanísticas, mediante visitas de inspección a las obras.
Gestionar las obligaciones una vez ejecutados los proyectos, identificamos si las obligaciones urbanísticas se deben cumplir en el lugar del proyecto (por ejemplo, cediendo suelo para espacio público o construyendo equipamientos) o si se pueden compensar económicamente.
Calcular y liquidar compensaciones si la obligación urbanística puede compensarse en dinero, determinamos el valor correspondiente con base en el Mapa de Zonas Geoeconómicas, expedimos la resolución de liquidación y generamos la facturación.
Administrar predios receptores evaluamos predios ofrecidos para compensar estas obligaciones, verificamos si cumplen los requisitos y coordinamos su aprobación o rechazo en el Comité de Áreas de Cesión.
Articulación con otras dependencias trabajamos en equipo con otras áreas para determinar y gestionar las áreas de cesión pública, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y otras normativas vigentes.
¿Por qué son importantes?
Todo lo anterior de acuerdo con:
Infracciones urbanísticas es responsable de adelantar las siguientes acciones:
La Subsecretaría realiza actividades de inspección, vigilancia y control para verificar que los responsables de los diferentes proyectos constructivos gestionen y ejecuten correctamente la licencia de construcción, conforme a lo previsto en el Plan de Ordenamiento Territorial, sus instrumentos complementarios, los Planes Especiales de Manejo y Protección de Bienes de Interés Cultural, y demás normativas aplicables. Las licencias de construcción establecen de manera específica los usos, edificabilidad, volumetría, accesibilidad y demás aspectos técnicos aprobados para la respectiva edificación.
Seguimiento a Curadurías
Realizamos el seguimiento a las Curadurías Urbanas de Medellín para garantizar que las licencias urbanísticas y actos de reconocimiento cumplan con la normativa vigente y el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
¿Qué hacemos?
¿Por qué son importantes?
Las Obligaciones Urbanísticas aseguran que cada desarrollo urbano contribuya a:
JANETH ARANGO CASTAÑO
Curadora Urbana Tercera
Diagonal 50 49-84 piso 9 Edificio Colpatria
Línea telefónica: (57) 3107011548 – (57) 3107029323 – (57) 6044901397
Correo electrónico: notificacionesjudiciales@curaduria4medellin.co
Info@curaduria4medellin.co
Link página web: https://curadora4medellin.co/
Los Curadores Urbanos de Medellín son:
MARCO ANTONIO JARAMILLO OSPINA
Curador Urbano Primero
Calle 45 53-50 oficina 0917 – Centro Comercial Gran Plaza
Línea telefónica (57) 6043229133 – (57) 145917860
Correo de radicación radicacion@curaduria1medellin.com
Notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@curaduria1medellin.com
Correo PQR: pqr@curaduria1medellin.com
Link página web: https://curaduria1medellin.com/
ANGELA MARIA RESTREPO URIBE
Curadora Urbana Segunda
Calle 49 50-21 Edificio del Café piso5
Teléfono (57) 6046047463 – (57) 3004681051
Correo electrónico: comunicaciones@c2medellin.com
Link página web: https://c2medellin.co/
WILMAR ADOLFO SERNA MONTOYA
Curador Urbano Tercero
Calle 27 56-70 Local 302 – Centro de Servicios Punto Clave
Línea telefónica: (57) 6044480303 – (57) 3012115996
Correo electrónico: info@c3medellin.co
Link página web: https://curaduria3medellin.com.co/
Es el componente encargado de la vigilancia de la distribución espacial de las actividades que permiten establecer las características y el uso adecuado del suelo, con el fin de controlar el modelo de ocupación del Distrito. Incluye las gestiones relacionadas con los protocolos ambientales y urbanísticos (PAU), para asegurar una sana mezcla de usos comerciales, industriales, de servicios, dotacionales y de espacio público para el esparcimiento y el encuentro.
Con base en el Acuerdo 105 de 2018, el Decreto Distrital 883 de 2015 y otras normativas relacionadas, este componente desarrolla acciones para prevenir, identificar y controlar procesos constructivos irregulares, especialmente en zonas precarias del Distrito de Medellín.
Para cumplir con este objetivo, contamos con varios equipos especializados que trabajan de forma articulada:
Estas acciones contribuyen a garantizar un desarrollo urbano ordenado, respetando la normativa y promoviendo una convivencia responsable en el territorio.
Son medidas administrativas para el manejo y funcionamiento de los bienes y haberes de personas naturales o jurídicas, dedicadas a la enajenación, construcción o mejoramiento de vivienda, que hayan incumplido la Ley 66 de 1968.
Es un sistema de información basado en la plataforma geográfica (MapGis) que permite compilar toda la información generada en el Municipio de Medellín sobre un predio, verificar el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial, la dinámica inmobiliaria y demás actuaciones sobre el territorio municipal.
Urbamed está basado en tres componentes:
Hace referencia a la especificidad de los procesos de validación de las normas y decretos establecidos para el macro proceso de licenciamiento urbanístico.
Hace referencia a la validación y cumplimiento de los determinantes indicados en cada una de las normas y decretos establecidos a nivel nacional y local para el licenciamiento urbanístico.
Hace referencia al componente de georreferenciación MapGis, que permite hacer seguimiento en línea del comportamiento del desarrollo urbanístico, reuniendo las diferentes solicitudes que se han realizado en un predio determinado (georreferenciado en el mapa).
Son instrumentos de control establecidos por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que permiten regular la ubicación de actividades económicas que puedan generar impactos en zonas residenciales. Su objetivo es facilitar una mezcla responsable de usos del suelo, promoviendo la convivencia entre residentes y actividades económicas, y contribuyendo a la reducción de conflictos en el territorio.
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